El Vicerrector Administrativo y profesor en Derecho Constitucional de la Universidad Católica de Santa María, Dr. Jorge Luis Cáceres Arce, el pasado 6 de octubre sustentó su tesina de Segunda Especialidad titulada “El proceso de Inconstitucionalidad en contra de las Leyes de presupuesto 2012 y 2013”, ante el jurado presidido por el Dr. Marco Falconí Picardo e integrado por los Dr. Mauricio Matos y Eduardo Meza.
Cáceres Arce, cuestionó parte de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional plasmada sobre los Expedientes: 003-2013-PI/TC; 004-2013-PI/TC y 023-2013-PI/TC publicada el 18 de setiembre del 2015, indicó que su postura sobre la “Vacatio Sententie”, que se estableció en la sentencia, ha contravenido el articulo N° 204 de la Carta Magna. Al respecto consideramos que no puede aplicarse esta condición porque sus efectos no tienen un periodo de suspensión en el tiempo como es el caso de la vigencia de las leyes.(Art. 109 Constitución Política del Perú).
Asimismo, explicó que las sentencias del TC que declaran la inconstitucionalidad de una ley, está es expulsada del ordenamiento jurídico al día siguiente que la sentencia es publicada en el diario oficial El Peruano, es decir que el segundo párrafo de la 54 Disposición Completaría Final de la Ley 29812, en parte (Ley de Presupuesto 2012) y el Art. 6 y la 58 Disposición complementaria Final de la Ley 29951 (Ley de Presupuesto 2013) y por conexión las normas 30114 y 30182 (leyes de presupuesto 2014 y 2015) perdieron vigencia jurídica a partir del 19 de setiembre del 2015.
Finalmente concluyó que al ser declaradas inconstitucionales las disposiciones no pueden establecer un límite al derecho laboral de negociación colectiva restringiendo el incremento de remuneraciones ya que el TC dejó fuera del orden jurídico, el segundo párrafo de la 54 Disposición Completaría Final de la Ley 29812, en parte (Ley de Presupuesto 2012) y el Art. 6 y la 58 Disposición complementaria Final de la Ley 29951 (Ley de Presupuesto 2013), y por conexión las leyes 30114 y 30182, perdieron vigencia jurídica a partir del 19 de setiembre del 2015.
Producto de la Exposición académica que efectuó el Dr. Jorge Luis Cáceres y por su trayectoria académica, el jurado aprobó la sustentación con el calificativo de Felicitación Pública.